El Consejo de Ministros del martes 19 de diciembre acaba de ratificar una reforma del nivel de protección por desempleo incrementando, ligeramente, las cuantías. Medida que ha motivado una amplia campaña propagandista, como muestra una carta de Sumar remitida universalmente por email (ver a continuación), así como el aplauso de las direcciones de CCOO y UGT. Sin embargo, tras la celebración inicial, se ha podido comprobar que esta mejora del desempleo viene acompañada, dentro del mismo Decreto Ley Real 7/2023 que la establece, por una modificación del Estatuto de los Trabajadores en materia de concurrencia de los convenios colectivos. Seguidamente reproducimos el comunicado de las direcciones de CCOO y UGT al respecto, dejando para el lector la valoración y la acción necesarias.
COMUNICADO DE CCOO Y UGT
Hemos conocido, tras su publicación y sin ninguna comunicación previa por parte del Gobierno, que el Boletín Oficial del Estado que publica el Real Decreto Ley 7/2023 por la que se reforma el nivel asistencial de protección por desempleo, recoge la modificación del art.84 del Estatuto de los Trabajadores en lo que se refiere a la concurrencia de convenios colectivos.
CCOO y UGT muestran su preocupación por el hecho de que una reforma de la estructura de la negociación colectiva se haya hecho obviando el marco del diálogo social y sin oír a sus legítimos representantes.
Cualquier variación del Estatuto de los Trabajadores debe abordarse en el marco del diálogo social con carácter previo, aun reconociendo –como no puede ser de otra manera– la capacidad legislativa que otorga nuestra Constitución tanto al Parlamento como al Gobierno a través de reales decretos leyes en situaciones de urgencia y necesidad.
Cualquier variación del Estatuto de los Trabajadores debe abordarse en el marco del diálogo social con carácter previo.
UGT y CCOO defienden la coexistencia de distintos ámbitos territoriales de convenio colectivo, que deben articularse en función de cada realidad sectorial. En este sentido los marcos autonómicos son compatibles con los estatales, pudiendo incentivarse además la racionalización de los espacios provinciales de convenio colectivo.
Tampoco se ha producido una negociación con todas sus consecuencias en materia de subsidio de desempleo. Como ya apuntamos en la primera valoración consideramos que la reforma supone un avance en cuanto al incremento de las cuantías o la ampliación del acceso al subsidio a nuevos colectivos. Hemos señalado asimismo algunas insuficiencias relacionadas con el acceso al subsidio cuando se procede de un empleo a tiempo parcial, o la insuficiente ampliación a las personas de menos de 45 años al mantener la limitación a quienes hayan agotado una prestación contributiva de 360 días.
Emplazamos al presidente del Gobierno para que se reúna con los interlocutores sociales con el objeto de definir el perímetro que va a tener el marco del Diálogo Social en la legislatura.
A esta valoración ya realizada habría que añadir nuestra disconformidad con la paulatina reducción de la base de cotización del subsidio para mayores de 52 años, que en la actualidad es el 125% de la base mínima vigente cada año.
Más allá de los diversos contenidos incluidos en el RDL, CCOO y UGT consideramos que el inicio de la XV Legislatura adolece de un abordaje ordenado del marco de concertación social que tan buenos réditos dio a nuestro país en el anterior mandato. Ante lo que, consideramos, empieza a suponer un quebranto del clima de confianza del que ha gozado la negociación tripartita en los últimos tiempos, emplazamos al presidente del Gobierno para que se reúna con los interlocutores sociales con el objeto de definir el perímetro que va a tener el marco del Diálogo Social en la legislatura que comienza.
La trascendencia de los retos socioeconómicos que tiene por delante España, la complejidad del contexto internacional y europeo, y la propia situación política de nuestro país, recomienda que se restablezca la confianza y una metodología fiable en el espacio de intervención de los agentes sociales, en cumplimiento del mandato constitucional que tenemos encomendado.