¿Es “delito” protestar contra la propaganda militarista en una feria dirigida a niños y jóvenes?

Foto del gag cómico en la feria de ExpoJove de Valencia

Juanjo Llorente

El pasado 26 de diciembre fueron detenidos en València dos activistas del «Jejejército del Moc-moc» por rociar con pintura rosa un tanque expuesto en la Feria Infantil y Juvenil «Expojove» que organiza cada año por estas fechas el Ayuntamiento de Valencia en la Feria de Muestras (Paterna). Esta «acción de desobediencia», tal como la califican los organizadores de Antimilitaristes-MOC València, quería presentar al público asistente (escolares y familias) un mensaje claro y didáctico: «las armas no educan».

Lo que no impidió que fueran detenidos por la Policía Nacional acusados de «Injurias a las Fuerzas Armadas», «delitos contra las instituciones del estado» y «daños», siendo posteriormente puestos en libertad con cargos. También el propio Ayuntamiento de València ha señalado que estudia emprender acciones legales contra los y las antimilitaristas: las dos personas que se subieron al tanque y 9 más que estaban de apoyo durante esta acción, a quienes intentarán multar con cuantías considerables.

Algunas reacciones

El responsable de «Fiestas y tradiciones» del Ayuntamiento ha declarado, en este sentido, que: «El ataque que sufrió ayer el Ejército es una muestra más de algunos intolerantes que se obstinaron en enfangar el buen hacer y todo el trabajo que hacen nuestras Fuerzas Armadas (…) y justo en el día de las familias, el día de los chicos, el día de la juventud».

Precisamente, debido al cambio de color en el gobierno municipal del PP-Vox, este año 2023 el espacio reservado para el ejército en la feria había aumentado su espacio, y también las exhibiciones de armamento real y de vehículos de combate. Por eso, la asociación antimilitarista decidió elevar el tono de su protesta, también realizada en años anteriores, mediante una acción de desobediencia mediante un gag en que un payaso y una payasa del ‘ejército del Moc-moc’ se lanzaban pintura rosa mutuamente sobre la máquina de guerra expuesta en el stand militar.

Por su parte, ciertos medios de comunicación como el diario ABC han informado de estos hechos resaltando que fuentes de «las fuerzas de seguridad» aseguraban que el tanque «había sufrido daños» por la pintura y que, según el vigente Código Penal, si tales daños son superiores a mil euros pueden considerarse como delito. Planteamiento que resulta absurdo, ya que hablamos de un vehículo blindado supuestamente preparado para resistir impactos de munición de 20mm y que, en consecuencia, difícilmente puede haberse dañado con la «pintura rosa al agua ecológica, no tóxica y fácilmente rentable» que se derramó, tal y como señalan los antimilitaristas.

Delito franquista

En este contexto, como señala el diario LaVeu, la acusación más sorprendente es la de «Injurias a las Fuerzas Armadas» realizada por la Policía nacional. Esta tipificación figuraba exclusivamente en el Código Penal Militar de la dictadura pero afectaba también a civiles, que bajo esta figura eran juzgados por un consejo de guerra. La estructura represiva del franquismo la utilizó sobradamente incluso muerto el dictador. De hecho, fue este delito por el que se encarceló Albert Boadella y otros actores de Els Joglars tras estrenar su famosa obra La Torna, sobre el asesinato de Salvador Puig Antich.

En 1980 pasó al Código Penal –actualmente la recoge el artículo 504.2- y los civiles que cometan este delito pasarían a ser juzgados por tribunales ordinarios. La verdad, sin embargo, es que desde entonces prácticamente no ha habido acusados –y mucho menos condenados- por este delito. La hemeroteca recuerda que el periodista catalán Iu Forn fue amenazado de una denuncia por este delito por un artículo de opinión en el diario AVUI en 2006, sin que haya constancia de que se hiciera realmente efectiva.

Pero sigue estando en vigor. Según una sentencia del Tribunal Constitucional de 1989: «Lo que se protege es el prestigio de las instituciones en un sentido funcional. No se trata de un derecho fundamental [porque las personas jurídicas de derecho público no tienen derecho constitucional al honor], lo que tiene relevancia a la hora de ponderar su protección con la libertad de expresión». Según el tribunal se protegen «los valores de dignidad, reputación o autoridad moral de las instituciones públicas y clases del Estado, los cuales, sin merma de su protección penal, gozan frente a la libertad de expresión de un nivel de garantía menor y más débil que el que corresponde al honor de las personas de relevancia pública».

De hecho, el choque entre derechos –unos con más protección que otros, como indicó el TC- que supone el delito obliga a una «interpretación especialmente restrictiva» de este tipo de injurias y su aplicación exclusiva a «conductas de cualificada gravedad», según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Especialmente protegidas se encuentran las críticas a las instituciones militares si tienen «un fundamento de crítica política» y no una voluntad de injuriar.

Los días próximos nos dirán al final cómo queda la cosa, pero lo bien cierto es que la justicia franquista y sus instructores siguen todavía bien presentes en este régimen post-franquista de monarquía parlamentaria.

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