España vuelve a suspender en protección de derechos esenciales

Portada del Informe Sombra sobre España

El Comité contra la Tortura de Naciones Unidas ha publicado un informe sobre la situación de España en el que pidió a las autoridades de ese país que consideren “la posibilidad de derogar la Ley de Amnistía de 1977”, que en opinión de sus expertos obstaculiza la puesta en marcha de la Ley de Memoria Democrática.

La nueva ley promulgada en 2022 es un avance “en favor del derecho a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura”, señala el comité, formado por diez expertos y presidido por el mexicano Claude Heller.

Sin embargo, destaca el informe, esa ley, que amplía la de Memoria Histórica de 2007, “no elimina los obstáculos a la investigación de graves violaciones de derechos humanos, como los actos de tortura y las desapariciones forzadas, cometidas en España en el pasado, al no haberse derogado la Ley de Amnistía de 1977”.

El Informe Sombra

En el informe periódico, séptimo al que se somete España ante el comité y que cubre el periodo 2015-2023, los expertos insisten en que el país “adopte todas las medidas necesarias para garantizar que los actos de tortura y las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía o prescripción”.

Respecto al actual Código Penal español, el comité lamenta que en él se contemple que el delito de tortura prescriba a los 15 años, aunque no en aquellos casos en los que esos crímenes sean considerados de lesa humanidad.
Texto de las recomendaciones del Comité contra la Tortura de la ONU en el que se recoge la recomendación del Informe Sombra. Descargar aquí.

Por ello, los expertos del órgano de Naciones Unidas instan a España a revisar y modificar su legislación penal “a fin de excluir cualquier posibilidad de impunidad en relación con la investigación de los actos de tortura, y el enjuiciamiento y castigo de sus autores”.

El comité examina periódicamente las condiciones de cumplimiento de la Convención contra la Tortura (en vigor desde 1987) en todos los países firmantes, entre ellos España, que en esta ocasión envió una delegación para someterse a su séptima revisión los pasados 20 y 21 de julio.

Las críticas y recomendaciones del Informe se pueden leer con detalle en este enlace.

Modelo de Impunidad

Con respecto a esta parte del Informe, seguidamente incluimos la nota publicada por el CEAQUA

EL COMITÉ CONTRA LA TORTURA CONSTATA QUE LA ACTUAL LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA MANTIENE EL MODELO DE IMPUNIDAD E INSTA DE NUEVO AL ESTADO ESPAÑOL A DEROGAR LA LEY DE AMNISTÍA

El Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, en sus Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de España, de fecha 27 de julio de 2023, considera que la actual Ley de Memoria Democrática no elimina los obstáculos a la investigación de graves violaciones de derechos humanos, como los actos de tortura y las desapariciones forzadas, cometidas en España en el pasado al no haber derogado la Ley de Amnistía de 1977.

Por ese motivo, en forma de recomendación, insta de nuevo al Estado español a adoptar las medidas legislativas y de otra índole necesarias para garantizar que los actos de tortura y las desapariciones forzadas no sean crímenes sujetos a amnistía o prescripción, y que esta prohibición se cumpla escrupulosamente en la práctica. Entre las medidas a adoptar el Comité apunta expresamente la derogación de la Ley de Amnistía de 1977.

 De esta forma el Comité contra la Tortura de las  Naciones Unidas, aunque se haya aprobado la Ley de Memoria Democrática, considera que debe mantener exactamente las mismas Observaciones que fueron incorporados en sus anteriores informes, pues  dicha norma no pone fin al modelo de impunidad del Estado español, que sigue impidiendo las investigación judicial en el orden jurisdiccional penal de los crímenes franquistas, en este caso concreto los relativos a torturas y desapariciones forzadas.

Conviene recordar que durante los últimos diez años, se han venido sucediendo informes, observaciones, recomendaciones y, en definitiva, pronunciamientos de diferentes mecanismos de las Naciones Unidas, Comité contra la Tortura, Comité contra las desapariciones forzadas e involuntarias, Comité de Derechos Humanos, Relator Especial para la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las  garantías de no repetición, en los que se interpela al Estado español a poner fin al modelo de impunidad actualmente vigente que impide la investigación judicial de los crímenes de Derecho Internacional cometidos durante la dictadura franquista y la Transición.

Como indicábamos anteriormente ahora, ni siquiera con la aprobación de la actual Ley de Memoria Democrática, el Comité contra la Tortura modifica sus observaciones anteriores, pues más allá de los tímidos avances que dicha norma incorpora respecto a la legislación anterior, se constata que no incorpora ninguna medida eficaz para revertir la situación de impunidad mantenida durante más de 48 años.
Las Observaciones finales del Comité contra la Tortura lanzan un mensaje inequívoco a todas aquellas formaciones políticas que facilitaron la aprobación de la Ley de Memoria Democrática para introducir otro tipo de medidas de carácter legislativo, incluida la derogación de la Ley de Amnistía de 1977, recordando que los crímenes franquistas no son amnistiables, ni pueden considerarse prescritas las acciones para su investigación.

Por todo ello desde CEAQUA consideramos enormemente positivo el pronunciamiento del Comité contra la Tortura que impulsa y refuerza una vez más nuestra actuación para poner  fin al modelo de impunidad que mantiene el  Estado español.

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