Valencia: la otra inundación

Manifestación contra el decreto motosierra del agro

Coordinadora Valenciana por la ubicación racional de las energías renovables

COMUNICADO

Decimos NO al Decreto Motosierra

El 29 de octubre de 2024 quedará en la memoria como el día en que en muestro territorio cayó la noche bajo un mar de barro, cañas e inmundicia. Sin embargo, algo más ocurrió en esa jornada, algo, que al igual que las advertencias de la AEMET, pasó desapercibido.

El 29 de octubre de 2024 se aprobaban, en comisión de las Cortes, las enmiendas al Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio, del Consell, de simplificación administrativa de la Generalitat, lo que, en la práctica, significa que se queda como está.

Desde la Coordinadora Valenciana por la Ubicación Racional de las Energías Renovables hemos calificado esta norma como Decreto Motosierra por su contribución a la destrucción de los ecosistemas agrarios y forestales por el hecho de que facilita, aún más, la implantación de polígonos industriales de energías renovables; facilidades que contrastan con los obstáculos existentes para el autoconsumo y las comunidades energéticas. No se da ningún paso para acelerar el autoconsumo. No se incide en que los puntos de producción se acerquen a los puntos de consumo, reduciendo líneas eléctricas y sus impactos.


Directamente se consagra el suelo no urbanizable como el ideal para las instalaciones industriales fotovoltaicas y eólicas, a pesar de los graves daños, exhaustivamente documentados, de estas infraestructuras sobre la naturaleza y sus habitantes. No se plantea situar las plantas fotovoltaicas en suelo industrial o más cerca de las ciudades. Están obstinados en que el mundo rural siga una vez más el patio trasero para las necesidades de las grandes ciudades.

En lo referente a la utilidad pública de las instalaciones renovables, no solo se mantiene, sino que, además, se dice en la nueva ley que “son de interés público superior y contribuyen a la salud y la seguridad pública al evaluar sus efectos sobre el suelo, el territorio, el paisaje, las aguas, los hábitats naturales, la fauna, incluidas las aves y la flora silvestre“.

Esto es una tomadura de pelo, porque es evidente que los parques eólicos y plantas fotovoltaicas no mejoran el paisaje ni la salud o la seguridad pública de los humanos y mucho menos el bienestar de los demás animales ni de la flora silvestre.

Por otro lado, y quizás uno de los aspectos más graves, es que, a partir de ahora, los ayuntamientos ven socavada por completo su autonomía.

Los ayuntamientos no podrán adoptar la suspensión general de tramitación de licencias prevista en el artículo 68 TRLOTUP para la implantación de instalaciones fotovoltaicas en ningún caso”. Además para estas instalaciones se suprime la necesidad de obtener “autorización de implantación en suelo no urbanizable“.

Existe compatibilidad urbanística general para la implantación de las instalaciones fotovoltaicas, en los términos establecidos en este apartado, sean éstas de autorización estatal o autonómica. Únicamente habrá incompatibilidad cuando así lo prohiba expresamente el planeamiento urbanístico

Se obliga a los ayuntamientos a emitir “el certificado de compatibilidad urbanística en el plazo máximo de un mes (30 días naturales). En el mismo plazo emitirá informe preceptivo no vinculante que incluya una valoración favorable o desfavorable sobre el cumplimiento por parte del proyecto de los criterios de localización. Si transcurrido el plazo de un mes, el ayuntamiento no hubiera emitido el certificado de compatibilidad urbanística o el informe sobre el cumplimiento de los criterios de localización de la instalación, podrá continuarse con la tramitación del procedimiento”.

Resulta obvia la intención de recortar la voz y la gestión de los ayuntamientos en sus términos municipales y, por extensión, de la población que los habita.

El PATRICOVA deja de ser la referencia para el riesgo de inundación, tomándose ahora como referencia el, mucho más permisivo, Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, lo que reviste una gravedad especial, porque estas instalaciones agravan el potencial destructivo de las inundaciones porque compactan e impermeabilizan el suelo, multiplicando la impermeabilidad y dificultando la infiltración del agua en los acuíferos.

El siguiente paso es la aprobación definitiva el próximo miércoles, 27 de noviembre. De ejecutarse, sufriremos las consecuencias de una nueva inundación, esta vez de paneles fotovoltaicos, o de aerogeneradores, cuyos fatídicos impactos se sumarán a las agresiones que sufren unos ecosistemas ya enormemente castigados por la actividad humana.

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