Resolución ciudadana contra el compromiso militar y financiero de Francia en Ucrania.

Foto de archivo de Macron y Zelensky

Redacción. Defenddemocracy.press

Durante muchos meses, Francia ha movilizado su diplomacia, sus finanzas y sus fuerzas armadas en el conflicto ruso-ucraniano. El Presidente de la República nunca ha recibido la aprobación ni del pueblo ni del Parlamento para ello. Fiel a su vocación primaria y a la imagen de la primera y ahora famosa “tribuna de los generales”, la plaza de Armas se une y llama su atención sobre un paso legítimo dado por nuestros camaradas militares y civiles para exigir el respeto de la soberanía popular en los temas altamente sensibles del compromiso de sus recursos y fuerzas militares. ¡Firma con nosotros esta resolución ciudadana!

Resolución ciudadana sobre el compromiso militar y financiero de Francia en Ucrania, registrada el 17 de abril de 2025. 

El artículo L 4111-1 del Código de Defensa dispone que: “El ejército de la República está al servicio de la Nación. Su misión es preparar y asegurar por la fuerza de las armas la defensa de la patria y de los intereses superiores de la Nación”. 

Desde principios de 2022, la información persistente, aunque no confirmada oficialmente, ha evocado la presencia de tropas francesas en Ucrania. De ser ciertos, estos hechos plantearían una seria cuestión de cumplimiento del artículo 35 de la Constitución, que exige que el Gobierno informe al Parlamento en un plazo de tres días de una intervención militar en el extranjero y que someta a votación cualquier prórroga más allá de cuatro meses. 

Hasta la fecha, sin embargo, no se ha hecho ninguna comunicación clara a las asambleas, dejando a los ciudadanos en la oscuridad y privados de su derecho al control democrático sobre el uso de su ejército. 

Además, los acuerdos de seguridad franco-ucranianos firmados el 16 de febrero de 2024, que prevén un apoyo militar y financiero de 3.000 millones de euros para 2024 y un compromiso militar plurianual, deberían haber sido ratificados por el Parlamento de conformidad con el artículo 53 de la Constitución, que exige la ratificación parlamentaria de los tratados internacionales con importantes implicaciones financieras para las finanzas públicas. 

Por ejemplo, el 7 de febrero de 2024, el Parlamento ratificó el acuerdo de cooperación en materia de defensa entre Francia y Papúa Nueva Guinea, aunque mucho menos vinculante para las finanzas públicas que el celebrado con Ucrania, de conformidad con el artículo 531. 

Sin embargo, hasta la fecha, el Parlamento no ha intervenido para ratificar los acuerdos de seguridad franco-ucranianos, lo que pone en tela de juicio su legalidad y aplicabilidad, tanto para la Nación como para los ciudadanos franceses, que, sin embargo, están llamados a contribuir financieramente al apoyo militar a Ucrania. 

Además, dado que el artículo 55 de la Constitución dispone que: “Los tratados o acuerdos que hayan sido debidamente ratificados o aprobados tendrán, desde el momento de su publicación, una autoridad superior a las leyes, sujeta, para cada acuerdo o tratado, a su aplicación por la otra parte”, la falta de ratificación periódica por el Parlamento plantea la cuestión de la legalidad de las entregas de armas de las existencias del ejército francés a Ucrania para su uso contra la Federación de Rusia contra la Federación de Rusia en el que nuestro país no esté en guerra. 

En efecto, el artículo 411-3 del Código Penal dispone: “El hecho de entregar a una potencia extranjera, a una empresa u organización extranjera o a una organización controlada por extranjeros o a sus agentes materiales, construcciones, equipos, instalaciones, aparatos destinados a la defensa nacional se castiga con treinta años de detención penal y una multa de 450.000 euros”. 

Finalmente, las recientes declaraciones del Presidente de la República, referidas a un posible despliegue de tropas francesas en mayo de 2025, así como a la puesta en común del uso de armas nucleares, requieren un debate parlamentario previo para garantizar la legitimidad de tales opciones en nombre de la Nación. Esta es la condición sine qua non para la legalidad de la intervención del Ejército. Un ejército que actuara sin un mandato claro del parlamento ya no estaría al servicio de la Nación, sino de un poder ejecutivo aislado, en contradicción con el espíritu de nuestra Constitución y con el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, que consagra la separación de poderes como garante de los derechos: “Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos, ni la decidida separación de poderes, no tiene constitución”. 

Es por eso que nosotros, ciudadanos y ex militares, creemos que el Parlamento debe ser consultado sobre la continuación de la intervención militar francesa y/o su compromiso en Ucrania de conformidad con el artículo 35 de la Constitución y que también debe ser llamado a ratificar los acuerdos de seguridad franco-ucranianos del 16 de febrero de 2024, de acuerdo con el artículo 53. 

Propuesta de resolución: 

Nosotros, ciudadanos y ex militares, hacemos un llamado a los diputados y senadores: 

1. Haber publicado en el Diario Oficial toda la información sobre la presencia de tropas francesas en Ucrania desde 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35. 

2. Organizar un debate seguido de una votación sobre la continuación de esta intervención, de conformidad con el artículo 35; 

3. Decidir sobre la ratificación de los acuerdos franco-ucranianos de seguridad del 16 de febrero de 2024, de conformidad con el artículo 53; 

4. Incluir la presente resolución en el orden del día dentro de los 15 días siguientes a su presentación, a fin de garantizar el pleno ejercicio del control parlamentario.

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