Dirigentes sindicales acuerdan con la Comunidad de Madrid bajar el sueldo a los trabajadores que se movilicen.

Dibujo de Ayuso y sindicalistas del artículo original de Labora

El pasado 10 de diciembre se firmó el Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid con las direcciones de los sindicatos CCOO, CSIF, CSIT y UGT. Un Convenio que limita severamente el derecho de protesta de los trabajadores públicos y que ha provocado una rápida reacción de la USMR de CCOO para impugnarlo, junto con otros agentes sociales e incluso la ministra de Trabajo. Pero, más allá de las cláusulas lesivas, nada sorprendentes viviendo de un gobierno del PP, lo que conviene destacar son las divergencias internas, sindicales. Sin duda, como señala el Consejo Regional de la USMR de CCOO, de cara al futuro resulta imprescindible arbitrar mecanismos de democracia interna que impidan la repetición de estos errores. A continuación incluimos el análisis de “Laboro” sobre la cuestión…

Laboro.blogspot.com

Por las fechas lo parece, pero no es una inocentada. CC.OO., UGT, CSIF y CSIT han firmado un convenio en el que se comprometen a no promover ninguna medida de conflicto colectivo, so pena de rebajas salariales a los trabajadores. Pero lo mejor es que no es cualquier convenio, sino el convenio del personal laboral de la Comunidad de Madrid; o sea: el convenio de los trabajadores “de Ayuso”, para entendernos.

Este convenio ya está publicado en el Boletín Oficial de Madrid y entrará en vigor el día 1/1/25. El glorioso artículo 10 de este convenio dice exactamente lo siguiente:

Las organizaciones sindicales que suscriben el presente convenio se comprometen a no promover durante toda su vigencia, directamente o a través de una de sus federaciones o sindicatos asociados, de sus secciones sindicales o de los órganos de representación unitaria en los que, individual o conjuntamente, ostenten la mayoría de miembros, huelgas, concentraciones, manifestaciones, campañas o cualquier otra medida de conflicto colectivo que tenga como finalidad o como efecto, directo o indirecto, la modificación de lo acordado, de conformidad todo ello con el principio de buena fe negocial. De producirse un incumplimiento de lo anterior, y tras la exposición ante la comisión paritaria de los hechos en que se haya concretado el mismo, la Administración podrá acordar la suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos, en tanto se mantenga aquél.

Quizá haya quien no entienda la penalización establecida en el convenio por realizar medidas de conflicto colectivo. Consiste en “acordar la suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos”. La carrera profesional horizontal es el derecho a cobrar un complemento salarial que tiene como objeto compensar el nivel alcanzado por el personal en la progresión de su desarrollo laboral, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo (arts.89 y 177 del convenio). Por tanto, la Comunidad de Madrid le podría bajar o quitar este complemento salarial a los trabajadores que secundaran estas movilizaciones, aparte de aplicarles los correspondientes descuentos salariales por cada día de huelga. Pero no solo por hacer huelga, sino también por concentraciones, manifestaciones, campañas o cualquier otra medida de conflicto colectivo. Toma castaña.

En este caso es muy necesario recordar que la Comunidad de Madrid es uno de los múltiples organismos públicos que subvenciona a los “sindicatos”. No solo con subvenciones propiamente dichas, sino también por la vía indirecta de financiación que son los liberados, que los “sindicatos” siempre “olvidan” cuando hablan del dinero que reciben. Un liberado es un empleado público de la Comunidad de Madrid que esta pone a disposición de estos “sindicatos”, con lo que su sueldo y sus cotizaciones los paga la Comunidad de Madrid con dinero público pero trabajan para estos “sindicatos” en su actividad privada. ¿Os creéis que son 8, 10 o quizá 20 liberados? Sí, sí… A fecha de enero de 2024, les correspondieron 134 liberados a CC.OO., 134 a UGT, 103 a CSIT y 98 a CSIF, según los datos oficiales de la propia Comunidad de Madrid. En total son 469 liberados. Suponiendo una media de 40.000€ de coste por liberado, sumando su salario y sus cotizaciones, hablamos de casi 19 millones de euros de dinero público cada año, aparte de las otras subvenciones.

El indiscutible resultado final de todo esto es que, si estos “sindicatos” incumplieran su compromiso y convocaran dichas movilizaciones, el castigo sería bajarles el sueldo a los trabajadores que las secundaran, pero no que esos “sindicatos” tuvieran que devolver subvenciones ni mucho menos que les quitaran liberados. Qué acuerdo más especial.

Siguiendo el proceso legal de registro y validación de convenios, al ser un convenio autonómico, ha sido la propia Comunidad de Madrid quien se lo ha revisado a sí misma, quien se ha dicho a sí misma que está bien, quien se lo ha registrado a sí misma y quien se lo ha publicado oficialmente a sí misma. Pero por lo visto no han contado con que el Ministerio Fiscal tiene competencias para impugnar cualquier convenio en base a su ilegalidad (art.165 LJS). Por eso la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ya ha solicitado a la fiscalía que impugne este convenio por su palmaria ilegalidad según la propia Yolanda Díaz: “castiga el ejercicio de derechos fundamentales como los de reunión, manifestación o libertad de expresión”.

Los “sindicatos” firmantes han quedado perfectamente retratados con las declaraciones de la Consejera de Empleo de Ayuso respecto a este anuncio de impugnación de Yolanda Díaz:

Quiere perjudicar a más de 40.000 trabajadores públicos que van a mejorar sus condiciones y que pueden llegar a incrementar su sueldo hasta un 50%. Lo que denuncia es un acuerdo entre dos partes: Administración y organizaciones sindicales. ¿Quién es la ministra para tutelar la acción de los sindicatos que han firmado?.

Que quién es la Ministra de Trabajo, dice. Qué “sindicatos” más raros son los que hasta el Gobierno de Ayuso los defiende y le gusta lo que le firman, igual que el presidente de la CEOE y de cualquier gran patronal. Además de que la Consejera de Empleo demuestra no saber de lo que habla, porque un convenio no tiene por qué impugnarse entero, sino que puede impugnarse solo una parte, por lo que podría suceder que anularan el artículo 10 de este convenio, pero el resto siguiera vigente con sus subidas salariales.

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