Informe apabullante de los compañeros de Datadista que muestra los resultados de 10 años de aplicación de la ley mordaza y sus claras repercusiones sobre la protesta social. Durante el pacto de legislatura pasada entre el PSOE y Unidas Podemos se acordó derogar esta legislación, pero lo único conseguido fue una reforma ligera que ha mantenido la represión casi en los mismos términos, también bajo el actual gobierno del PSOE y Sumar. La pregunta del millón sigue siendo por qué se mantiene esta legislación. Y otra forma de preguntarlo sería discernir quién gobierna realmente en España. Seguramente nos corresponde a quienes no estamos en las institucionmes darle respuesta…
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El 30 de marzo de 2025 se cumplieron diez años desde que el Parlamento español, con mayoría absoluta del Partido Popular y toda la oposición en contra, aprobase una de las normas que mayor polémica han suscitado sobre el respeto a los derechos y las libertades públicas en España. A pesar de las promesas de los partidos de izquierda y nacionalistas de suprimirla desde su aprobación, la Ley Mordaza, tras varios intentos frustrados de derogación parcial en 2018 y 2023, lleva ya más tiempo en vigor con fuerzas progresistas en el Gobierno de lo que estuvo con gobiernos del PP. Las únicas modificaciones han venido por parte del Tribunal Constitucional, que la avaló casi íntegra y solo consideró inconstitucional, por poder incurrir en censura previa, la prohibición de uso no autorizado de imágenes de agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en lo que a la toma de esas imágenes se refiere, pero mantuvo como constitucional la infracción grave por su difusión.
La ley mordaza nació en pleno repunte no de la inseguridad sino de las manifestaciones contra los recortes por la crisis financiera o los movimientos sociales como los antidesahucios, que habían derivado en actuaciones policiales muy cuestionadas. Y se aprobó junto a una modificación paralela del Código Penal, transformando una serie de comportamientos que antes eran delito y precisaban de la mediación de un juez para su castigo, en faltas administrativas con multas de hasta 600.000 euros en las que prevalecía el relato del agente de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad y al ciudadano sancionado le quedaba el recurso de acudir a los tribunales de lo contencioso administrativo, con su consecuente coste.
Hoy vamos a contarte una historia sobre la ley mordaza, la lucha durante años del Defensor del Pueblo pidiendo su modificación o derogación, la opinión de Europa, además de actualizar los datos del número de sanciones y la cuantía que ya te hemos contado desde hace años en informaciones como esta. Hasta finales de 2023, se han impuesto 2.155.990 sanciones al amparo de la ley mordaza que equivaldrían a 1.200 millones de euros. Las cifras, además, están infravaloradas porque en Cataluña, Navarra y País Vasco, con policías propias, sólo se poseen datos de los expedientes tramitados por la Administración Central del Estado.
Diez años de la Ley Mordaza: datos e historia
El 10 de diciembre de 2019, comparecía en Ginebra el Defensor del Pueblo español para someterse al Examen Periódico Universal de España ante Naciones Unidas. Dos temas centraron su exposición: los crímenes no resueltos de la banda terrorista ETA y la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, la conocida como Ley Mordaza. Las críticas del Defensor del Pueblo a las consecuencias de esta norma llevaban años reflejadas en sus resoluciones, en sus informes anuales y cada vez que tenía ocasión, por los riesgos que implica para derechos fundamentales.
Se trataba de una ley aprobada en el Parlamento español el 30 de marzo de 2015, hace hoy diez años, por la mayoría absoluta del PP. Pero a finales de 2019 ya no gobernaba el PP y ya se había frustrado el primer intento de derogación, impulsado inicialmente por el PNV. En su informe publicado ese año, el Defensor del Pueblo recogía que “sería necesario encontrar los consensos suficientes para abordar la reforma de los aspectos más polémicos buscando el adecuado equilibrio entre seguridad y libertad propio de una norma de esta naturaleza, por otra parte necesaria en un Estado democrático de derecho”.
El Defensor del Pueblo regresó de Ginebra con la sensación de haber conseguido avanzar en la búsqueda de aliados internacionales a su petición de reforma, tras lograr que “varios países asumieran sus tesis y recomendaran a España el cambio normativo”, como refleja su informe de aquel año. Lo que no se sabía en aquellos primeros días de diciembre de 2019 es que el considerado hoy paciente cero del coronavirus ya había contraído la enfermedad en China y mucho menos que quedaban tan solo tres meses para que España decretase el Estado de Alarma iniciando el confinamiento de la población e inaugurando el periodo de uso más intensivo que haya vivido la ley mordaza desde su entrada en vigor.
A pesar de que su uso había sido muy inferior respecto a las sanciones por consumo o tenencia ilícita de drogas, hasta entonces las que constituían la mayoría, el 11% de todas las sanciones desde que entró en vigor la norma en 2015 hasta finales de 2023, último dato disponible, se impuso entre marzo y abril de 2020, durante el primer Estado de Alarma, aplicando el artículo 36.6, que sanciona “la desobediencia o la resistencia a la autoridad, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse”. La declaración de inconstitucionalidad, después revisada, de parte del artículado del Estado de Alarma abrió la puerta en 2021 a la devolución de estas sanciones, que llegaron a sumar en esos dos meses 161 millones de euros.
Tras lo peor de la pandemia, el Defensor del Pueblo se mantuvo muy crítico con “la idoneidad de la Ley para situaciones como un Estado de Alarma”. En el informe de 2020, publicado en 2021, se recogió que “las reflexiones de la institución debieran incorporarse a la reiteradamente aplazada reforma de esa ley”. En su informe del siguiente ejercicio, insistió en que la ley mordaza “está vinculada a cuestiones tan importantes como los derechos fundamentales de reunión y manifestación, o al conjunto de las relaciones policía-ciudadanos en la calle. La actuación de la Policía, los malos tratos si fuere el caso, los derechos del detenido, los supuestos en los que puede ser identificado un ciudadano en la vía pública o la inviolabilidad del domicilio, son los asuntos capitales en un Estado democrático de derecho. Garantizar el respeto de todas las libertades exige una actitud vigilante, desde la consideración de que incluso en las democracias más consolidadas y en los Estados más avanzados del mundo son siempre posibles las quiebras y retrocesos”.
A finales de 2021, Francisco Fernández Marugán, que había permanecido al frente del Defensor del Pueblo de forma interina desde 2017, fue sustituido por Ángel Gabilondo. La críticas a la norma han pasado a centrarse en la falta de concreción de los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en los motivos de su uso en algunos casos y a la posible discriminación por razones como la raza o el sexo en determinadas actuaciones.
Sanciones de seis cifras en un país de mileuristas.
Desde los artículos 35, 36 y 37 de la ley mordaza, bajo el epígrafe de infracciones muy graves, graves y leves, se pasó a considerar sancionable con hasta 600.000 euros la celebración de espectáculos o actividades recreativas previamente prohibidas o suspendidas (artículo 35.3) o las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en instalaciones o infraestructuras básicas (art. 35.1). Con hasta 30.000 euros, las reuniones y manifestaciones frente al Congreso, Senado o asambleas autonómicas aunque no estuviesen reunidas (art. 36.2); los actos de obstrucción al cumplimiento de resoluciones judiciales por las autoridades (norma contra las protestas antidesahucios) (36.4), la “desobediencia o resistencia a la autoridad en el ejercicio de sus funciones” (36.6) y “el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que pudieran poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes” (36.23).
Este régimen sancionador fue una de las razones que llevó a la Comisión de Venecia, órgano consultivo del Consejo de Europa, a aprobar en sesión plenaria en marzo de 2021 una opinión en defensa de la modificación de la ley mordaza. “Si una norma estatutaria lleva, en la práctica, a abusos, dicha norma debería ser cambiada, delimitada o acompañada de salvaguardias adicionales, incluso si en teoría es constitucionalmente aceptable”, recoge la opinión, que pedía que se describiesen con mayor exactitud las ofensas, por ejemplo, derivadas de la “desobediencia a las autoridades” del artículo 36.6. Y recomendaba revisar las sanciones, consideradas muy altas “en el contexto español”, donde el salario mínimo en aquel momento no llegaba a los 1.000 euros, por el riesgo de disuadir a ejercer la libertad de reunión que garantiza la ley.
El uso de pelotas de goma como material antidisturbios y las llamadas devoluciones en caliente de las personas migrantes son los dos escollos fundamentales esgrimidos por los partidos para que los intentos de derogar al menos parte de la Ley de Seguridad Ciudadana no se hayan convertido en realidad diez años después de su aprobación.